ARCA: el nuevo requisito para monotributistas y cómo hacer para evitar multas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo requisito fundamental para los monotributistas, con posibles impactos significativos en 2025. Estar informado sobre esta modificación es clave para entender cómo podría influir en la situación fiscal en los próximos meses.
Desde el organismo fiscal remarcan que cumplir con esta exigencia es crucial para evitar sanciones, lo que ha despertado inquietudes y numerosas consultas por parte de los contribuyentes.
El requisito que debés cumplir si sos monotributista
Un factor clave a la hora de pagar el monotributo es conocer las categorías actualizadas según la facturación anual, ya que esto define el monto de los impuestos a abonar. Además, el procedimiento para realizar la recategorización ha sufrido modificaciones, por lo que es fundamental estar atento a los plazos para completar el trámite y evitar posibles sanciones.
Anteriormente, la actualización de categoría se realizaba una vez al año y solo si era necesario. Sin embargo, con la nueva normativa, ahora debe hacerse de manera semestral. La próxima instancia para regularizar la situación será en julio de 2025.
monotributo
La multa por no recategorizarse en el monotributo
Si los monotributistas que deben realizar la recategorización no completan el trámite dentro del plazo establecido, ARCA podría proceder a recategorizar al contribuyente de forma automática si detecta que sus ingresos brutos superaron el límite permitido.
En caso de no cumplir con esta obligación, la sanción podría ser del 50% sobre el monto del impuesto no pagado, además de aplicar la multa sobre la cotización previsional que debe ser destinada al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Las categorías del monotributo
Las categorías del monotributo experimentaron un aumento del 21,14% en sus valores tras la reciente actualización realizada por el ente fiscal . A continuación, se detallan los nuevos valores para cada categoría:
- Categoría A: $ 7.813.063,45
- Categoría B: $ 11.447.046,44
- Categoría C: $ 16,05 millones
- Categoría D: $ 19,92 millones
- Categoría E: $ 23,43 millones
- Categoría F: $ 29,37 millones
- Categoría G: $ 35,12 millones
- Categoría H: $ 53,30 millones
- Categoría I: $ 59,65 millones
- Categoría J: $ 68,31 millones
- Categoría K: $ 82,37 millones
Es importante tener en cuenta estos nuevos valores para evitar posibles inconvenientes a la hora de realizar la recategorización .
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